En junio de 2023 la Comisión Europea, en su rol de disparador de iniciativas legislativas, solicitó asistencia técnica a la ESMA (European Securities and Market Authority), el regulador del mercado de capitales de la Unión Europea, para revisar la normativa vigente que regula el funcionamiento de las Agencias de Calificación de Riesgo.

El origen de esta solicitud es la intención de la Comisión Europea de modificar la normativa vigente de modo que las metodologías de calificación que utilizan las Calificadoras para determinar el riesgo de los instrumentos calificados incorporen sistemáticamente los riesgos ambientales, sociales y de gobierno corporativo (ASG).

A consecuencia de esta solicitud la ESMA propuso el siguiente cambio en la normativa que rige las metodologías de calificación y perspectivas de riesgos:

Cuando un elemento determinante de una calificación de riesgo y sus perspectivas es un factor ambiental, social o de gobierno corporativo la agencia de calificación de riesgo debe reportar públicamente:

Una identificación indubitable de los elementos ambientales, sociales y de gobierno corporativo considerados. Una explicación de las razones por las cuales se consideraron “materiales” estos elementos conforme a su metodología de análisis de riesgo.

Actualmente la ESMA ha puesto en consulta pública la modificación propuesta para que las partes interesadas opinen sobre la misma.

Varios comentarios merecen esta iniciativa de la Comisión Europea:

En primer lugar, esta no es una iniciativa aislada, sino que forma parte de la politica de sostenibilidad de la Unión Europea para con las corporaciones y absolutamente consistente con la obligación de reportar prácticas ASG que comienza a regir a partir del año 2024 en el ámbito de los países de la Unión.

En segundo lugar, la eventual aprobación de esta iniciativa por el Parlamento Europeo implicará cambios significativos tanto para las agencias calificadoras de riesgo como para los instrumentos o instituciones calificadas. Efectivamente una calificación de sostenibilidad, del grado que sea, ya no será voluntaria como hasta ahora y por tanto estará sujeta a escrutinio y sanciones de los reguladores lo cual transparentaría el espectro total de riesgo que enfrenta una organización y además reduciría la tentación siempre presente de realizar “Green Washing” ante consumidores e inversores.

Adicionalmente y como consecuencia de lo anterior, la integración en un solo rating el riesgo crediticio y el ASG probablemente aumentará los costos de emisión, y no solo en lo que a calificación se refiere, sino porque las organizaciones que pretendan financiarse a través del mercado de capitales deberán prestar atención a la detección de sus riesgos ASG, que hoy pueden estar soslayados, y a su administración, tanto como a su solvencia y liquidez.

En síntesis, en un sentido este cambio en la emisión de ratings implicaría mayores costos de acceder a los mercados de capitales para los demandantes, pero en otro sentido es probable que reduzca el retorno solicitado por los inversores u oferentes de fondos pues los protegerá de los potenciales quebrantos por riesgos ASG que hoy permanecen ocultos. El tiempo solo dirá cual de los efectos predominará.